Un granito de arena para hacer montañas
"Esto no tendría sentido sin todas esas personas que están detrás, que merecen una oportunidad y que logran hacer de un proyecto con alma algo grande."
Macarena López-Cordón - Directora general

Todas las donaciones recibidas tendrán su deducción correspondiente en el IRPF o en el IS con el Certificado de Donaciones.

Puede hacerse socio como persona física o como empresa. Recuerde que estas donaciones tienen beneficios fiscales según el artículo 19 de la Ley 49/2002 que regula las deducciones.

A través del siguiente formulario puede realizar aportaciones periódicas y convertirse en socio. Seguidamente recibirá un correo pidiéndole su numero de cuenta para realizar la domiciliación en nuestra cuenta AEM: ES52 2100 2229 2202 0020 3074. Gracias por su colaboración.

Personas físicas

El artículo 19 de la Ley 49/2002 que regula las deducciones de la cuota de IRPF, establece que las personas físicas pueden deducir las donaciones de la siguiente forma:

  • Hasta los 150€ primeros euros de donación, se deduce un 75% en el año 2016 y sucesivos.
  • El resto de la donación a partir de los 150€, se deduce un 30% en el año 2016 y sucesivos.
  • En caso de donar la misma cantidad o superior durante al menos 3 años, la deducción aumenta a un 35%.

A estas deducciones se suman las que pueda aplicar cada Comunidad Autónoma en el tramo autonómico.

Persona jurídica

La ley establece que las Empresas podrán deducirse en el Impuesto de Sociedades un 35% durante el año 2016 y años sucesivos. Los convenios de colaboración empresarial tienen carácter de gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.

Cantidades establecidas(Obligatorio)

Ciclo de la transferencia(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.